Problemática Proindivisos

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Problemática Proindivisos

Cualquier propiedad en situación de proindivisión en España, entre varios herederos, comuneros, copropietarios etc. que no se ponen de acuerdo entre ellos, bloquea por completo su venta o alquiler hasta lograr el acuerdo del 100% de las partes.

En muchas ocasiones existen copropietarios que ocupan la vivienda y no se quieren marchar, en la mayoría de los casos todos los copropietarios son responsables del pago de su parte de la comunidad, IBI, derramas etc... disfruten o no de la propiedad.

Solo existen dos formas de solucionar una situación de proindiviso (válidas tanto para usted como para nosotros, si lo compramos):

  1. Llegar a un acuerdo razonado con el resto de herederos para comprar, vender , alquilar, en fin, para desbloquear la situación de proindivisión.
  2. Instar un “procedimiento de división de la cosa común”, que básicamente consiste en poner una demanda al resto de cotitulares o coherederos, cuyo último fin es sacar la vivienda a subasta pública para que sea adquirida por el mejor postor. Este tipo de juicios son:
    • Muy costosos (entre un 20 y un 30% del valor de la propiedad), ya que requieren de abogado y procurador. Desde 2013, con la nueva Ley de Tasas Judiciales, la cuantía de interponer un recurso de estas características aumenta considerablemente ya que, además del coste de los profesionales que intervienen en el procedimiento (abogados, procuradores, peritos judiciales, tasadores...), habrá que añadir el coste de dicha tasa.
    • Son procedimientos muy dilatados en el tiempo (entre 2 y 5 años), según la comunidad autónoma.
    • Son procedimientos muy específicos que deben ser realizados por abogados especializados en la materia y que tengan un amplio dominio de extinción de situaciones de proindivisión y conocimientos de cómo funciona el actual sistema de subastas en España.
    • En la mayoría de las ocasiones, debido a la actual crisis inmobiliaria, las subastas quedan desiertas con lo cual, lo único que habremos hecho es perder tiempo y dinero ya que la propiedad seguirá en proindiviso.
    • En caso de acudir postores a la subasta, las adjudicaciones son por el 45% -55% del valor de la propiedad como máximo.

Recomendamos que, debido a la crisis inmobiliaria, solamente inicien un procedimiento de división de la cosa común si disponen de suficiente capital para adjudicarse el 100% de la propiedad en la subasta, o tengan un comprador dispuesto a aceptar la cesión del remate (adjudicarse la vivienda para posteriormente cederla a un tercero).

Visiten nuestra sección de enlaces de interés donde existen varias páginas totalmente ajenas a nuestra empresa que comentan y analizan toda la problemática inherente a los proindivisos.